Publicado en julio de 2026. Esta es un área de política que evoluciona rápidamente. Verifica el estatus más reciente en uscis.gov o consulta con un abogado de inmigración sobre tu caso específico.
El 21 de mayo de 2026, USCIS emitió el Memorando de Política PM-602-0199, titulado “El Ajuste de Estatus es un Asunto de Discreción y Gracia Administrativa, y un Alivio Extraordinario que Permite a los Solicitantes Prescindir del Proceso Consular Ordinario de Visa.” Un comunicado de prensa siguió al día siguiente, enmarcando el memo en términos contundentes: USCIS ahora otorgaría el ajuste de estatus “solo en circunstancias extraordinarias.”
El anuncio causó alarma real en la comunidad de inmigración, y el lenguaje fue lo suficientemente fuerte como para que muchos solicitantes razonablemente se preguntaran si ajustar estatus dentro de Estados Unidos seguía siendo posible del todo. Esto es lo que el memo realmente dice, qué ha ocurrido desde entonces, y qué significa en la práctica.
Qué es el ajuste de estatus, brevemente
El ajuste de estatus, radicado en el Formulario I-485, permite que un extranjero elegible que ya está dentro de Estados Unidos obtenga una green card sin salir del país. La alternativa es el procesamiento consular: solicitar una visa de inmigrante en una embajada o consulado de EE.UU. en el extranjero. El ajuste de estatus siempre ha sido discrecional bajo la Sección 245(a) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, que establece que el estatus “puede ser ajustado”, no “debe ser” ni “será”.
Qué instruye realmente el memo
El memo no deroga ningún estatuto, no elimina ninguna categoría de green card, y no fue publicado como una regulación formal en el Registro Federal. Lo que hace es instruir a los oficiales de USCIS a sopesar la totalidad de las circunstancias con más rigor al decidir si un solicitante merece este beneficio discrecional, incluyendo:
- Violaciones de la ley de inmigración o de las condiciones de cualquier estatus que se haya tenido
- Casos previos de fraude o declaraciones falsas ante cualquier agencia gubernamental
- Conducta inconsistente con el propósito de la visa o estatus bajo el cual la persona fue admitida
- No salir del país cuando se esperaba, una vez terminado el estatus autorizado
- Lazos familiares, carácter moral, y otras equidades positivas
Los oficiales deben emitir un aviso de denegación por escrito explicando las razones específicas cada vez que se deniega una solicitud de beneficio por motivos discrecionales.
Un detalle que vale la pena entender: la intención dual no es automáticamente suficiente
Un punto que ha captado la atención cercana de los abogados de inmigración: el memo indica que simplemente mantener un estatus no inmigrante válido de intención dual, como H-1B o L-1, “no es suficiente por sí solo” para garantizar un ejercicio favorable de discreción. Este es un cambio significativo para los solicitantes por empleo, que históricamente se han considerado de menor riesgo en el proceso de ajuste.
Aclaraciones importantes desde que se emitió el memo
Dos desarrollos han reducido significativamente la alarma inicial:
- 29 de mayo de 2026: El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) le dijo a la prensa que la política no es una restricción general, y que los oficiales individuales seguirán decidiendo, caso por caso, si un solicitante necesita completar el procesamiento consular en el extranjero en su lugar.
- 10 de junio de 2026: La Asociación Americana de Abogados de Inmigración (AILA) reportó evidencia anecdótica de que algunas oficinas de campo de USCIS habían dejado de hacer preguntas relacionadas con el memo en las entrevistas de green card, y que las aprobaciones seguían ocurriendo incluso en casos donde esas preguntas se habían hecho anteriormente.
AILA continúa monitoreando la aplicación real del memo y ha animado a los abogados a reportar cualquier Solicitud de Evidencia, Aviso de Intención de Denegar, denegación, o pregunta de entrevista relacionada con esta política.
Qué NO ha cambiado
- Las vías humanitarias no discrecionales, incluyendo las auto-peticiones VAWA, no están afectadas por este memo.
- El Formulario I-485 sigue estando legalmente disponible bajo la Sección 245 del INA. El memo no prohíbe categóricamente que nadie lo radique.
- No se ha añadido ningún nuevo requisito de elegibilidad al estatuto ni a las regulaciones.
Qué significa esto si tienes un caso pendiente o próximo a radicar
El efecto práctico es un escrutinio más alto, no una puerta cerrada. Los solicitantes deben estar preparados para preguntas en la entrevista sobre por qué eligieron el ajuste de estatus en lugar del procesamiento consular, particularmente si su caso involucra algún período de presencia sin autorización, una violación de estatus, o si el procesamiento consular estaba genuinamente disponible para ellos. Un expediente bien documentado de factores positivos (lazos familiares, historial de cumplimiento, posición profesional, y conexiones comunitarias) importa ahora más que en años recientes.
Si tienes un I-485 pendiente o estás preparando radicarlo, este es un buen momento para que revisen tu caso con este nuevo marco discrecional en mente, en lugar de tratar la radicación como un simple ejercicio de checklist.
¿Preguntas sobre cómo esto afecta tu caso?
Esta es un área de política genuinamente inestable, con impugnaciones legales anticipadas y posible guía adicional de USCIS por venir. KS Immigration Solutions está siguiendo estos desarrollos de cerca. Si tienes un caso de ajuste de estatus pendiente, o estás evaluando si radicar, contáctanos para una consulta y revisemos tus circunstancias específicas.
Este artículo ofrece información general basada en el memorando de política oficial de USCIS y declaraciones públicas, y no constituye asesoría legal. Cada caso es diferente; consulta con un abogado licenciado sobre tu situación específica.










